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Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

MEGACAUSA CONTRA CRÍMENES DE LA DICTADURA

Juicio oral para represores

06/07/2008 - El juez federal Daniel Rafecas dispuso que quince represores que actuaron en los centros clandestinos de detención y tortura conocidos como El Atlético, El Banco y El Olimpo sean llevados a juicio oral en el transcurso del próximo año. Entre aquellos a quienes se investiga por el secuestro y desaparición de 200 personas figuran los conocidos Raúl Guglielminetti, Samuel Miara, Roberto Rosa y Julio Héctor Simón. Si bien hubo varios CCDTyE estos fueron en realidad un único “centro que mutó de nombre y ubicación pero no de detenidos, guardias y elementos de suplicio”.

"El Atlético" funcionó en Paseo Colón y Cochabamba hasta diciembre de 1977. Al construirse la autopista el "centro" se muda a Ricchieri y Camino de Cintura constituyéndose "El Banco". A partir de agosto de 1978 y hasta enero del año 1979 el grupo de tareas que trabajaba en el Banco se traslada a Lacarra y Ramón Falcón (El Olimpo)

A través de los años alrededor de 200 personas fueron detenidas ilegalmente, torturadas y muchas de ellas desaparecidas en alguno de estos centros clandestinos.

En la causa elevada a juicio oral por el juez Rafecas se investiga la actuación de quince personas que se encuentran acusadas de diversos delitos de lesa humanidad.

Entre ellos los más conocidos son Guglielminetti, el subcomisario Miara, y Simón (conocido como “El Turco Julián”, aunque también hay otros nombres como: Roberto Rosa (alias “Clavel”), Oscar Augusto Rolón, Raúl González, Juan Carlos Avena, Eufenio Jorge Uballes, Eduardo Emilio Kalinec, Juan Carlos Falcón, Juan Luis Donocik, Guillermo Víctor Cardozo, Eugenio Pereyra Apestegui, Enrique Del Pino y Eduardo Taddei.

Según los dichos del juez Rafecas referidos a las condiciones de detención que se daban en los centros, “las formas de maltrato o mortificaciones, los procedimientos coaccionantes, la intensidad de los padecimientos, el trato cruel con fines de menoscabo físico y psíquico, el completo aislamiento, la violación de su dignidad y respeto a su condición esencial de ser humano irían en una alarmante escala ascendente”, donde “la variedad y cantidad de personas que dan cuenta de las condiciones inhumanas de vida, los tratos degradantes y la tortura muestran que no son meros ejemplos de un evento aislado, sino que los centros clandestinos estaban diseñados, desde su mismo levantamiento material, para proporcionar ese trato de manera estructural y sistemática”.

La justicia se encargará de decidir el grado de responsabilidad y eventualmente la pena que le corresponde a cada uno de los actores, de acuerdo a las normas penales que rigen nuestra república, nuestro estado de derecho.

Carlos Davis

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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

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(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

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