Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

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Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

ECONOMÍA VS EDUCACIÓN

El Rogelio Yrurtia protesta en la Jefatura

12/09/2007 - La comunidad educativa (alumnos, padres, docentes) de la Escuela de Bellas Artes “Rogelio Yrurtia” realizará el próximo jueves 13 de setiembre a las 16 hs una protesta frente a la Jefatura de Gobierno, Av. de Mayo 525, con el fin de reclamar el cumplimiento de la Ley de Expropiación del predio destinado a la construcción del nuevo edificio de la escuela votada en Diciembre de 2005. La protesta estará integrada por distintas manifestaciones artísticas y talleres culturales que contarán con la participación de artistas de distintas disciplinas. El Rogelio Yrurtia se encuentra ubicado en la Avenida Juan Bautista Alberdi entre White y Homero.

Desde hace años, tanto los docentes como los alumnos y padres de la Escuela de Bellas Artes “Rogelio Yrurtia” vienen luchando por un edificio que los contenga de manera apropiada. Las dificultades fueron varias y la solución soñada se diluyó en un par de oportunidades cuando todo parecía estar dado para el festejo.

Distintas fueron las causas y los detalles, pero al parecer, aquello que emparenta cada desenlace es la intromisión del Instituto de la Vivienda en los terrenos que la Legislatura le otorgaba a la escuela.

Reproducimos a continuación una pequeña síntesis desarrollada por la comunidad del Yrurtia que explica los distintas peripecias que tuvieron que padecer en su lucha, aún no concluida, por conseguir una nueva casa.

Reclamo con historia.

Desde el año 1998 venimos luchando por la concreción de un nuevo edificio para nuestra escuela, ya que la misma no responde a las necesidades edilicias para un establecimiento de este tipo, y funciona en un edificio que originalmente fue una escuela primaria.

A través de un proyecto impulsado por los diputados Daniel Bravo y Delia Bisutti, a comienzos del año 2000 se sanciona, promulga y publica la Ley Nº 349 donde se consigue la expropiación del predio lindante.

En ese proyecto de ley se aclaraba perfectamente que “la zona cubierta del predio, a la que se ingresa por la calle Bragado 4731/75 sería destinada a la ampliación de la escuela.

En el plano original el proyecto afectaría la parcela 7B. Pero los fundamentos no son incluídos en la ley.

En el año 2005 la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro procede a una redistribución y fraccionamiento de parcelas. Se nos otorga la parcela 7G, apenas 185 mt2. de los 2000 mt2. que tenía el proyecto original.

El Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC), en complicidad con funcionarios corruptos, se apropian de 1800 mt2 donde se construye el actual edificio sobre la calle Bragado 4731/75, en la parcela 7H.

Enterados de esto 13 al 17 de septiembre del 2005 los alumnos deciden hacer una toma pacífica del establecimiento.

El 20 de septiembre se presenta ante la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología de la Legislatura de la Ciudad de Bs. As., un pedido de Ley Correctiva, para que se detengan las obras en la parcela 7H y que se respete el espíritu del proyecto de Ley Nº 349 del año 2000 por la que se expropiaba el inmueble de la Av. J. B. Alberdi 4750 con ingreso por la calle Bragado.

Luego de varios meses, ante la negativa del Presidente del Instituto de la Vivienda, Ernesto Selzer de reunirse con nosotros (a pesar de ser citado por los legisladores) y notificados que un organismo de la ciudad no puede accionar contra otro organismo de la misma, cambiamos nuestro objetivo y comienza la búsqueda de otro terreno que tuviera las dimensiones para permitir construir un nuevo edificio con las características edilicias requeridas.

En diciembre de 2005 conseguimos una nueva ley de expropiación, la  Ley Nº 1859, para el predio ubicado en Av. J. B. Alberdi 4139/43/45/47 y Cajaravilla 4158/64/68/74/78/80 y que se votara en la legislatura, la partida presupuestaria para esa adquisición.

Durante el año 2006 numerosos inconvenientes dificultaron la concreción de esta expropiación, uno de ellos fue que las parcelas sobre Alberdi estaban a nombre de una S.A. Uruguaya y recién en este momento, por tramitaciones judiciales, se encuentran en condiciones de ejecutar; la otra fue la compra de las parcelas sobre Cajaravilla 4158/64/68/74/78/80 por parte del IVC posterior a la ley de expropiación.

Entonces nos reunimos con el Arq. Claudio Freidin quien se comprometió a realizar el traspaso de la escritura del predio al Ministerio de Educación en forma inmediata, trámite que no se ha producido aún. Debido al congelamiento de las partidas presupuestarias, efectuado por el Jefe de Gobierno Jorge Telerman, esta altura del 2007 continuamos esperando que este dinero sea devuelto al Ministerio de Educación, para efectivizar la compra de las parcelas y para que este trámite finalmente se concrete.

Por todo lo dicho, y con la fuerza que les otorga la lucha por un reclamo justo, la comunidad del Rogelio Yrurtia se movilizará el próximo Jueves de setiembre a las 16 hs hasta la Jefatura de Gobierno para exigir lo que desde hace años le corresponde, un edificio acorde a la jerarquía de su proyecto educativo.

Carlos Davis


LEY N° 349

DECLARASE DE UTILIDAD Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE J. B. ALBERDI 4750, CIRC. 1, MZA. 174, PARCELA 7B Buenos Aires, 2 de marzo de 2000.

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º — Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calle Juan Bautista Alberdi 4750, entre las calles White y Homero cuya denominación catastral es circunscripción 1, sección 62, manzana 174, parcela 7b.

Artículo 2º — El predio antes mencionado será destinado a la Secretaría de Educación y otorgado a la Escuela de Bellas Artes "Rogelio Yrurtia", sito en la calle Juan B. Alberdi 4754.

Artículo 3º — La determinación del precio del inmueble se hará de acuerdo a la tasación que efectúe el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado al Programa 382-Jurisdicción 60-Secretaría de Hacienda y Finanzas, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondientes al año 2000.

Artículo 5º — Comuníquese, etc. JOZAMI Rubén Gé

Buenos Aires, 14 de abril de 2000.

En virtud de lo prescripto en el Art. 8º del Decreto Nº 2.343-GCBA-98, certifico que la Ley Nº 349 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2 de marzo del año en curso ha quedado promulgada automáticamente el día 6 de abril de 2000. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y para su conocimiento y demás fines, remítase a las Secretarías de Educación y de Hacienda y Finanzas. María Andrea Caruso Subsecretaria


LEY Nº 1.859

Predios Av. J. B. Alberdi 4139/43/45/47 y Cajaravilla 4158/64/68/74/78/80: se los declara de utilidad pública y sujetos a expropiación

Buenos Aires, 1º de diciembre de 2005.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1º - Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio ubicado en Av. J. B. Alberdi 4139/43/45/47, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominación catastral Circ. 1, Sección: 54, Manzana: 090, Parcela: 031B, y el predio sito en la calle Cajaravilla 4158/64/68/74/78/80, denominación catastral Circ. 1 Sección: 54, Manzana: 090, parcelas 007,008, 009, 010A.

Artículo 2º - El inmueble mencionado en el artículo 1º será afectado a la Secretaría de Educación a fin de destinarlo a la Escuela de Bellas Artes "Rogelio Yrurtia".

Artículo 3º - La determinación del precio del inmueble se hará de acuerdo a la tasación que efectúa el Banco Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4º - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida presupuestaria perteneciente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente al año 2006. Artículo 5º - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany

DECRETO N° 16

Buenos Aires, 10 de enero de 2006.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 1.859 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 1° de diciembre de 2005. Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Educación. El presente decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación y de Hacienda y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete. TELERMAN (a/c) - Perazza - Albamonte - Fernández


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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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