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espacios comunes en edificios - aprobaron el protocolo de uso

Prevención en edificios

05/09/2020 - La Ciudad aprobó esta semana la apertura de ciertos espacios comunes en edificios de propiedad horizontal. La disposición reglamenta el uso de parrillas, terrazas, canchas de tenis, parques, correderas o terrazas y lavadero (laundry). Estos espacios fueron cerrados luego de que se decretó la emergencia sanitaria y el consiguiente aislamiento obligatorio. La norma ordena la implementación de un sistema de turnos que habilite la reserva de los espacios por un tiempo establecido de uso. Sólo podrán utilizar las instalaciones quienes vivan en el edificio (propietarios e inquilinos), usando tapabocas y respetando la distancia social.

El nuevo protocolo dispuesto por las autoridades porteñas fija una serie de lineamientos que deberán ser respetados para evitar los contagios. La primera de las cuestiones es que sólo las familias que viven en el lugar podrán utilizar estos espacios. No pueden acceder a estos sitios las personas que son ajenas al edificio.

Tampoco podrán hacer uso de estos espacios aquellos consorcistas que integran el grupo llamado “de riesgo”: mayores de 60 años, pacientes con enfermedades respiratorias crónicas, con enfermedades cardíacas o inmunosuprimidos, por ejemplo.

Las medidas básicas y obligatorias de cuidado dispuestas para evitar los contagios son: el uso del tapabocas, el mantenimiento de la distancia social de 1.5 metros dentro de las instalaciones y la limpieza y desinfección de las superficies entre cada uso. Asimismo, se establece que sólo podrán utilizarse los sectores definidos siempre y cuando permitan la ventilación. Los espacios habilitados se podrán utilizar los días y horarios que se hayan establecido en el reglamento de copropiedad.

En el caso de las parrillas, se recomienda la presencia de una sola persona que cocine y luego lleve los alimentos al departamento. Si el lugar cuenta con un quincho, podrán hacer uso de las instalaciones solo los cohabitantes de una misma unidad funcional. Al finalizar las actividades en el sector de parrillas, se deberán desinfectar las superficies como mesadas o bordes de parrilla con el uso de alguno de los productos recomendados por la autoridad sanitaria, como lavandina, alcohol o soluciones sanitizantes.

Respecto del uso de parques, correderas y terrazas; se establece el ingreso de una persona cada 15m2, debiendo cada consorcio establecer la cantidad máxima que pueden acceder en simultáneo a cada uno de estos espacios. Se recomienda un tiempo máximo de ocupación de 45 minutos y turno previo. Se deberá utilizar tapabocas como elemento de protección individual durante todo el tiempo que la persona permanezca o transite dentro de los mismos.

El protocolo también establece medidas de higiene respiratoria aplicables a todos los espacios para minimizar riesgos. A las ya conocidas como no salivar, toser o estornudar sobre el pliegue del codo, se agrega que, en caso de contar con pañuelos de papel, se deberán desechar inmediatamente en el cesto más cercano para evitar la diseminación de secreciones.

Las canchas de tenis podrán utilizarse por 60 minutos con turno previo y en la modalidad single; es decir, solo dos personas podrán disputar un partido. Los jugadores deberán acceder con barbijo y solo se lo podrán retirar a la hora de la práctica. Cada uno deberá proveerse una botella de agua de uso individual, toallas y demás pertenencias que lleven consigo. No podrá ingresar público ni terceros y no se aconseja el uso de muñequeras.

El ingreso a la cancha se realizará manteniendo la distancia social y de a un jugador por vez, debiendo dejar cada uno en los extremos opuestos de la misma sus pertenencias. Se deberá realizar la limpieza del calzado con bandeja sanitizante antes y después de la práctica deportiva, así como también la desinfección del material personal de juego o el auxiliar. Cada jugador contará con su raqueta de tenis sin poder compartirla.

Respecto del uso del sector de lavadero o laundry el protocolo establece que se deberá llevar la ropa sucia en bolsas y vaciarlas por completo directo en el lavarropas, sin sacudirlas, ni tocar ningún otro implemento de la lavandería. En caso de tocar bordes o superficies en el proceso, se deberá limpiar inmediatamente las zonas con alguna solución desinfectante.

Una vez terminado el lavado, habrá que higienizarse las manos antes de retirar la ropa limpia. De ser posible, se deberá disponer de un rociador con agua y lavandina diluida, y toallitas descartables para pasar sobre las superficies antes de retirarse del lugar.

Los administradores deberán informar a los consorcistas todas las medidas adoptadas para evitar los contagios en los nuevos espacios habilitados y así facilitar su cumplimiento. Ambas partes, consorcistas y administradores, deberán coordinar el uso de un sistema de turnos que sea transparente para todos. Ante la presencia de casos sospechosos es importante actuar conforme a lo establecido por la autoridad sanitaria a través de los distintos canales que dispone la Ciudad: la página web buenosaires.gob.ar, la línea de Whatsapp 11-5050-0147 o llamando a la línea gratuita 147.

La secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal aplica, a través del Registro Público de Administradores de Consorcios, la Ley 941 que regula la actividad de los Administradores de Consorcios en la Ciudad de Buenos Aires.

Carlos Davis

Fuente: Prensa Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal


 
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